Exoneración Pago Impuesto Sobre la Renta de Actividades Agrícolas

Decreto N° 6.585, se exoneran del pago del Impuesto Sobre la Renta los enriquecimientos netos de fuente venezolana provenientes de la explotación primaria de las actividades que en el se mencionan: agrícolas, forestales, pecuarias, avícolas, pesqueras, acuícolas y piscícolas/Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, N° 39.088, de fecha 29 de diciembre de 2008/Presidencia de la República

Click para acceder a la gaceta: https://drive.google.com/file/d/16A9Wm-cb4lF-jZryOspnvU7vXZIhVbhG/view?usp=sharing

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